Acupuntura.


05 Dic 2013 / Cofiga. / Sede COFIGA

Parece ser que en algún Hospital del sur de Galicia (vamos a comprobarlo) , determinado médico especialista en medicina física y rehabilitación niega la posibilidad de que los fisioterapeutas puedan aplicar acupuntura. Es una paradoja que muchas personas que se autotitulan "acupuntores" (disciplina que no existe en España), formados en academias privadas mediante la realización de cursos sin validez académica a los que acceden sin requisito previo alguno, campen a sus anchas junto con ciudadanos chinos y coreanos (muy posiblemente no tengan permiso de la Autoridad para trabajar en España) y ejerzan con total impunidad esta actividad terapéutica encuadrada en el ámbito sanitario.



La Orden CIN 2135/2008, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta.(BOE 19/julio/2008) señala, entre otras, y en la pagina 31686 las competencias que van a adquirir cuando terminen el Grado.



El módulo "Métodos específicos de intervención en Fisioterapia" dice : "Comprender y realizar los métodos y técnicas específicos referidos al aparatos locomotor (incluyendo terapias manuales, terapias manipulativas articulares, osteopatía y quiropraxia ), a los procesos neurológicos, al aparatos respiratorio, al sistema cardiocirculatorio y a las alteraciones de la estática y la dinámica. Métodos y técnicas específicas que tengan en cuenta las implicaciones de la ortopedia en la fisioterapia, técnicas terapéuticas reflejas, así como otros métodos y técnicas alternativas y/o complementarias cuya seguridad y eficacia esté demostrada según el estado de desarrollo de la ciencia."

Está meridianamente claro que el legislador ha previsto que el Graduado en Fisioterapia obtenga la competencia para aplicar acupuntura, punción seca, osteopatía, quiropraxia... Nadie puede prohibir al fisioterapeuta que realice cualquier técnica alternativa y/o complementaria y es paradójico que se cercene esta actividad a unos profesionales sanitarios y no se controle a esas personas que sin titulación sanitaria oficial, la vienen realizando en España con total impunidad. El Sr. médico del Hospital del sur de Galicia está muy equivocado.



Verdad es que en el Real Decreto (RD) 1277/2003, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, en la pagina 37902, apartado do U.101, dice : "U.101.Terapias no convencionales: Unidad asistencial en la que un médico es responsable de realizar tratamientos de las enfermedades por medios de medicina naturista o con medicamentos homeopáticos o mediante técnicas de estimulación periférica con agujas u otros que demuestren su eficacia y su seguridad". Por tanto, todos los "chiringuitos" de acupuntores de nacionales u orientales deberían contar en su plantilla con un médico, aspecto que no se cumple a día de hoy , pero, a los Graduados en Fisioterapia, profesionales sanitarios encuadrados en LOPS 44/2003, es a los que SÍ hay que prohibirles que realicen la acupuntura, punción seca, osteopatía.... máxime cuando en Ministerio de Sanidad ha aclarado nuestra posición. Es increíble que todos los días tenemos que demostrar lo evidente... el enemigo no somos nosotros Sr. médico

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